El Real Decreto 3/2006 de 16 de enero, modificado por el Real Decreto 1164/2009, de 10 de julio, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de Inmigrantes, dispone en sus artículos 4, 8.4 y 8.5, que este órgano colegiado estará constituido, entre otros miembros, por diez vocalías representantes de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y otras diez en representación de las organizaciones sociales de apoyo, de los cuales seis representarán a organizaciones no gubernamentales vinculadas al ámbito inmigratorio, dos a las organizaciones sindicales y dos a las organizaciones empresariales más representativas, con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.
boletín oficial del estadoEl artículo 9 del citado Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, regula la designación de dichos vocales y prevé que serán designados por la Ministra de Empleo y Seguridad Social, a propuesta de la Secretaria General de Inmigración y Emigración, entre las candidaturas que aquéllas hubiesen presentado y en función de los resultados del proceso de selección de dichas entidades.
Por Orden ESS/1954/2014, de 21 de octubre, se convocó el proceso para la selección de las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las entidades arriba mencionadas.
Finalizado este proceso, una vez realizada la valoración de las candidaturas presentadas, mediante Resolución de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, de 16 de abril de 2015, se hizo pública la relación de entidades propuestas para ocupar las vocalías del citado órgano colegiado, así como las excluidas y el motivo de la exclusión.
Concluido el período de alegaciones a dicha Resolución, la Secretaría General de Inmigración y Emigración, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la citada Orden ESS/1954/2014, de 21 de octubre, ha elevado a la titular de este Ministerio la propuesta definitiva de las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
Así, mediante este texto, se designan a las entidades seleccionadas que figuran en el Anexo para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones de apoyo.